
A través la web de extranjería de puedes solicitar lo que se conoce como tarjeta de residencia un trámite necesario para vivir y residir en España de forma prolongada.
Por otro lado, si eres un ciudadano extranjero residente en España y necesitas renovar la tarjeta de residencia debes esperar a recibir la carta que envía el Ministerio de Trabajo en la que se te indica de los pasos a realizar para la renovación y obtención de la nueva tarjeta.
Solicitud de Tarjeta de Residencia
El interesado legítimo es el único que puede presentar la solicitud, el familiar del ciudadano de la Unión o de otro Estado deberá acudir a la Oficina de Extranjería de la provincia en donde vivan para poder residir o en la Comisaría de Policía correspondiente.
Puedes obtener la información de la dirección, teléfonos y horarios de atención al público de la Oficina de Extranjería entrando en la web de www.seap.minhap.gob.es.
Renovación de Tarjeta de Residencia
La Renovación de la Tarjeta de Residencia es un trámite que debes realizar para continuar residiendo legalmente en España una vez te ha vencido la vigencia de tu tarjeta.
Si no has recibido la carta o tienes dudas de como proceder a la Renovación de tu Permiso de Residencia sigue estos simples pasos:
- Des de un ordenador con acceso a Internet accede al Servicio Web para las Renovaciones disponible en sede.mpt.gob.es.
- Indica los datos que se te solicitan e imprime el documento final. Con este documento impreso, deberás entregarlo en uno de los departamentos establecidos.
Lugares de Presentación de Solicitudes de Tarjeta de Residencia
Excepto en la Comunidad de Madrid para la Presentación de Solicitudes de Tarjeta de Residencia puede optar las siguientes opciones. Por consiguiente, la solicitud puedes hacerla en cualquiera de los organismos siguientes:
- En los registros de cualquier órgano administrativo de la Administración General del Estado (AGE).
- En los registros de cualquier Administración de las Comunidades Autónomas o de las Entidades que integran la Administración local si, en este último caso, se hubiese suscrito el oportuno convenio con la Administración General del Estado.
- Oficinas de Correos. Certificado y con sobre abierto a la dirección de postal de la Oficina de Extranjería que corresponde a la tramitación de su expediente.
La solicitud y la documentación adicional necesaria, deberá dirigirla a la OFICINA DE EXTRANJEROS de la Delegación o Subdelegación del Gobierno correspondiente a su provincia.
Es aconsejable que lleve una copia de la solicitud para que le sea sellada y devuelta en el momento de la entrega.
Pasados unos días, recibirás en tu domicilio la notificación correspondiente a tu solicitud indicandote su resolución.
A continuación exponemos información detallada y ayuda sobre los procesos de Expedición de Tarjeta de Residencia y Renovación de Autorizaciones de Extranjería.
Expedición de Tarjeta de Residencia
Debes tener en cuenta que para la expedición de la tarjeta de residencia deberás utilizar el plazo de los tres meses en los que se ha presentado la solicitud.
La resolución favorable tiene efectos desde la fecha acreditada de entrada en España siendo familiar de ciudadano de la Unión.
A todos los interesados que realicen el trámite se le entregará un resguardo acreditativo de la presentación de la solicitud que permitirá acreditar una situación de estancia legal hasta la entrega de la tarjeta.
El plazo de presentación es de tres meses que se cuentan desde la fecha en la que el interesado entra en España.
60 DÍAS NATURALES PREVIOS A LA FINALIZACIÓN DE LA VALIDEZ DE LA AUTORIZACIÓN DE TRABAJO Y RESIDENCIA
Renovación de las autorizaciones de residencia y trabajo por cuenta ajena.
Real Decreto 2393/2004 Artículo 54
Validez de la Tarjeta de Residencia
La validez de la tarjeta de residencia para familiar de ciudadano de la Unión Europea será de cinco años a partir de la fecha de expedición.
Una vez comienza el periodo previsto de residencia del ciudadano de la Unión en el caso de que dicho periodo fuera de 5 años.
En cuanto a las tasas deberán ser abonadas con anterioridad de la esperada expedición de la tarjeta de familiar de ciudadano de la Unión.
La renovación de las autorizaciones de residencia y trabajo por cuenta ajena deberá solicitarse, en modelo oficial, durante los 60 días naturales previos a la fecha de expiración de la vigencia de su autorización.
La presentación de la solicitud en este plazo prorrogará la validez de la autorización anterior hasta la resolución del procedimiento. También se prorrogará hasta la resolución del procedimiento en el supuesto en que la solicitud se presentase dentro de los tres meses posteriores a la fecha en que hubiera finalizado la vigencia de la anterior autorización, sin perjuicio de la incoación del correspondiente procedimiento sancionador por la infracción en la que se hubiese incurrido.
Las solicitudes de renovación, cuando son presentadas dentro de los plazos previstos, PRÓRROGA la validez de la autorización que se pretende renovar, surtiendo sus mismos efectos en el ámbito laboral y de Seguridad Social.
Beneficiarios de Tarjeta de Residencia
La tarjeta solo se le otorga a los familiares de ciudadano español o de otro Estado miembro de la Unión Europea, o de otro Estado parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo o Suiza.
Una vez registrada su solicitud por la Oficina de Extranjeros correspondiente, ésta le notificará la resolución, por correo certificado, a su domicilio habitual.
También puedes entrar en la siguiente dirección electrónica extranjeros.mitramiss.gob.es para poder realizar trámites o conocer más información sobre la Tarjeta de Residencia.
Enlace | Tarjeta de Residencia
4 diciembre, 2019

Reagrupación Familiar
23 junio, 2019

www.map.es Extranjería
10 mayo, 2019

Renovación de Permiso de Trabajo y Residencia